Alegoría de la Segunda República. 1931. Teodoro Andreu. |
La homosexualidad como delito fue reintroducido en el código penal
de 1928, durante el reinado de Alfonso
XIII, con el artículo 616 del título X:
El que, habitualmente o con escándalo, cometiere actos contrarios
al pudor con personas del mismo sexo será castigado con multa de 1.000 a 10.000
pesetas e inhibición especial para cargos públicos de seis a doce años.
Este código penal fue derogado el 13 de abril de 1931 por la Segunda República, que reintrodujo el
anterior de 1870. En 1932 se publicó un nuevo código penal que seguía sin
mencionar la homosexualidad, lo que legalizaba las relaciones sexuales entre
hombres, con la excepción del ejército.
En España, al contrario que en Alemania, no hubo un movimiento
homosexual a principios del siglo XX que se opusiese a las persecuciones o que
buscase dignificarse. La Liga española
por la reforma sexual, creada tardíamente en 1932, fue de entre las
europeas la más conservadora socialmente y de las pocas que no incluyó la
homosexualidad en su programa. La homosexualidad se mantuvo como un tabú hasta la Guerra Civil. Sin embargo, hubo
voces aisladas, como la de José María
Llanas Aguilaniedo, que en 1904 incluso se declaraba a favor del matrimonio
para los homosexuales.
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