Una de las páginas de Las Siete Partidas de Alfonso X El Sabio. Siglos XIII -XIV |
La invasión musulmana en 711 y las preocupaciones de la
Reconquista dejaron la homosexualidad fuera de las prioridades de los
gobernantes durante unos cuantos siglos. La Iglesia seguía insistiendo en la
maldad de este pecado y constan algunas condenas aisladas por parte de las
autoridades eclesiales, pero no fue hasta la época de Alfonso X El Sabio (1221-1284) que la homosexualidad se volvió a
incluir en un texto legal.
Las Siete Partidas, además de ser un código de una importancia
esencial para la España moderna, mencionaba específicamente las calamidades que
Dios podía enviar si se permitía la homosexualidad:
“E debese guardar todo ome deste yerro, proque nacen del muchos
males, e denuesta, e deffama asi mismo el q[ue] lo faze […] por tales yerros
embia nuestro señor Dios sobre la tierra, hambre e pestilencia, e tormentos, e
otros males muchos que non podria contar.”
Es en la Partida séptima de esta nueva legislación donde se establece la pena de muerte tanto para el
activo como para el pasivo, a menos que este último hubiera sido forzado, o fuera
menor de catorce años. Se establecía la misma pena para el bestialismo,
estableciendo además que también se debía matar al animal, “para amortiguar la
remembranza del hecho”. La ley establecía que cualquiera del pueblo podía
denunciar la sodomía ante el juez, que decidía si eran hechos probados.
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